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ARGENTINA ADELANTA LA SEGUNDA DOSIS DE LA VACUNA CONTRA EL SARAMPIÓN: SERÁ A LOS 18 MESES A PARTIR DE 2026.
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A partir de la Resolución 2214/2025 del Ministerio de Salud de la Nación, publicada el 21 de julio, entra en vigencia la obligatoriedad del uso de órdenes médicas digitales en todo el sistema de salud argentino. La medida, informada por la Superintendencia de Servicios de Salud, alcanza tanto a los profesionales médicos como a obras sociales, empresas de medicina prepaga y plataformas de prescripción.

La normativa incluye no solo recetas de medicamentos de venta bajo receta, sino también indicaciones para estudios, prácticas, procedimientos y dispositivos médicos. Las prescripciones deberán realizarse exclusivamente mediante sistemas electrónicos habilitados e interoperables. El uso de recetas en papel quedará restringido a excepciones puntuales, como zonas sin conectividad.

Desde el organismo nacional destacaron que la digitalización integral del sistema traerá importantes beneficios para los pacientes: menos trámites, mayor seguridad, trazabilidad, control y acceso ordenado a las prestaciones. Cada orden contará con una Clave Única de Identificación de Receta (CUIR), y los pacientes serán identificados mediante su CUIL, garantizando precisión y seguimiento en los tratamientos.

La medida representa un avance en transparencia y eficiencia, al imponer estándares comunes a todo el ecosistema sanitario. Además, fortalece la fiscalización de los Agentes del Seguro de Salud y permite una mejor gestión de los recursos.

Las plataformas digitales deberán adecuarse al nuevo esquema en distintos plazos:

  • 45 días para identificar unívocamente cada receta.
  • 90 días para implementar la prescripción digital de recetas archivadas.
  • 120 días para incorporar recetas de prescripción restringida.

Desde la Superintendencia anunciaron que continuarán con las tareas de auditoría para asegurar el cumplimiento de la normativa en todo el país, dentro del proceso de modernización del sistema de salud.

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