El Ministerio de Salud de la Nación estableció un nuevo procedimiento para la atención de extranjeros que no cuentan con residencia permanente y concurren a establecimientos de salud administrados por el Estado nacional.
La medida fue establecida mediante la Resolución 1066/2026, firmada el 10 de agosto, y comenzará a regir este miércoles 12 de agosto.
La nueva normativa establece que, salvo en situaciones de emergencia, los extranjeros que no tengan residencia permanente deberán contar con un seguro de salud que cubra la prestación o abonar previamente el arancel correspondiente.
La medida alcanza exclusivamente a hospitales y establecimientos sanitarios que dependen del Estado nacional. Los extranjeros que acrediten residencia permanente mantienen el acceso al sistema público de salud en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos.
En Santa Fe, el Ministerio de Salud provincial aclaró que la resolución nacional no modifica por sí misma el funcionamiento del sistema público de salud de la provincia, ya que la normativa alcanza a los efectores nacionales.
La nueva disposición comenzará a aplicarse a partir del miércoles 12 de agosto.