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El Senado de la Nación aprobó el proyecto de reforma laboral impulsado por el Gobierno nacional, iniciativa que introduce modificaciones en aspectos centrales de la legislación vigente, entre ellos el régimen de vacaciones, el cálculo de indemnizaciones por despido y la implementación de un sistema de banco de horas para la organización de la jornada laboral.

En materia de vacaciones, el proyecto establece que deberán otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente, aunque permite acuerdos entre empleador y trabajador para fijarlas fuera de ese período. Además, se habilita el fraccionamiento del descanso anual en tramos no inferiores a siete días corridos y se mantiene la obligación del empleador de notificar con al menos 30 días de anticipación la fecha de inicio.

Respecto de los despidos sin causa, la reforma redefine el cálculo de la indemnización, que continuará siendo de un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor de tres meses, pero tomando como base la mejor remuneración mensual normal y habitual, excluyendo conceptos no regulares como aguinaldos o premios extraordinarios. También se establecen topes y mínimos en el monto a percibir y se contempla la posibilidad de abonar la indemnización en cuotas en determinados casos.

Otro de los puntos destacados es la creación del llamado banco de horas, mecanismo que permitirá compensar horas trabajadas de más con tiempo de descanso en lugar de pagarlas como horas extras, siempre mediante acuerdos formales y respetando los descansos mínimos legales entre jornadas y semanas laborales.

Tras la aprobación en el Senado, el proyecto deberá ser tratado por la Cámara de Diputados para su sanción definitiva, en medio de un debate que continúa generando posiciones encontradas entre sectores sindicales, empresariales y políticos.

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