El nuevo Código Electoral de Santa Fe establece un régimen de sanciones económicas que comenzará a aplicarse en las elecciones provinciales de 2027.
Una de las principales novedades es la multa para quienes no concurran a votar en las elecciones primarias o generales sin una causa justificada. La sanción prevista es de 0,5 JUS, que con el valor actual equivale a $72.401,52.
El Código también contempla sanciones para otras conductas durante los comicios. Por ejemplo, exhibir el voto o revelar su contenido, presionar a otro elector, ingresar con armas o utilizar distintivos partidarios dentro de los lugares de votación puede generar multas de distinta magnitud.
Las sanciones más elevadas están vinculadas con las agrupaciones políticas y la campaña electoral. Realizar actividades proselitistas durante la veda puede implicar multas de entre 50 y 100 JUS, que actualmente representan aproximadamente $7,2 millones a $14,4 millones, además de otras consecuencias previstas por la normativa.
También se establecen sanciones para los candidatos a gobernador que no participen del debate electoral obligatorio sin una causa justificada. La multa puede alcanzar los 100 JUS, equivalente actualmente a unos $14,48 millones.
El nuevo régimen forma parte de la reforma electoral que regirá en Santa Fe desde 2027 y que también introduce modificaciones en las PASO, la Boleta Única, las candidaturas y el funcionamiento de las elecciones provinciales. La Cámara de Diputados dio media sanción al nuevo Código y posteriormente el Senado provincial lo aprobó de manera definitiva.
Importante: los montos expresados en pesos están calculados con el valor actual del JUS. Por lo tanto, podrían ser diferentes al momento de las elecciones de 2027 si se modifica el valor de esa unidad.