La Convención Reformadora de la Constitución provincial aprobó una reforma histórica que otorga autonomía plena a todos los municipios y habilita a las ciudades con más de 10.000 habitantes a redactar sus propias cartas orgánicas locales.
La modificación establece que “todo núcleo de población organizado en comunidad es un municipio y tiene autonomía institucional, política, administrativa, económica y financiera”. Con esta decisión, las actuales comunas se transformarán en municipios, y 51 localidades podrán elaborar sus propias normas de gobierno.
Las cartas orgánicas deberán definir la estructura institucional, incluyendo intendente, concejo municipal y un órgano de control externo, además de mecanismos de participación ciudadana y transparencia.
Principales puntos de la reforma:
- Autonomía política, administrativa y financiera para todos los municipios.
- Redacción de cartas orgánicas para ciudades con más de 10.000 habitantes.
- Mandatos de 4 años para intendentes y concejales, con una sola reelección consecutiva.
- Creación de áreas metropolitanas y fortalecimiento de la cooperación intermunicipal.
- Nuevas fuentes de financiamiento y una futura ley de coparticipación municipal.
La reforma también incorpora el derecho a la ciudad, políticas de ordenamiento territorial y mecanismos de democracia directa, marcando un cambio profundo en la organización del Estado provincial.
Con esta medida, Santa Fe se alinea con el principio de autonomía municipal consagrado en la reforma nacional de 1994 y salda una deuda institucional de más de un siglo.